Artículo 8º. Taifas
1. Las autorizaciones individuales anuales para veciono, naturales y descendientes de este municipio para la recolección de setas: 30 euros.
2. Autorizaciones individuales por día para vecionos, naturales y descendientes de este municipio para la recolección de setas: 2 euros.
3. Autorizaciones individuales anuales para el resto de las personas para la recolección de setas: 150 euros.
4. Autorizaciones individuales por día para el resto de las personas para la recolección de setas:10 euros.
La presnte modificación entrará en vigor y será de aplicación el mismo día de su publicación íntegra en el BOPZ, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamenete recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguientee al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ.
Villarroya de la Sierra a 7 de junio de 2007.- El alcalde.