Se modifica el artículo 3 de la Ordenza de la citada tasa, que queda redactada de la siguiente forma:
Art. 3º. Bases y tarifas.
Concepto:
3. Nichos permanetes por 50 años: 600 euros.
Terrenos por 50 años para construir panteones, mausoleos, etc, a 600 el metro cuadrado.